Pólizas Vigentes del Poder Judicial
| Artículo | Descripción | Columna1 | Contacto | Coberturas |
| 1 | Incendio | Cubre contra todo riesgo la mercadería y mobiliario custodiados en las bodegas propias del Departamento de Proveeduría (sótano del edificio de la Corte, así como las ubicadas en la Ciudad Judicial de San Joaquín de Flores y Los Ángeles, por la Bomba La Castellana), y de la Sección de Mantenimiento y Construcción del Departamento de Servicios Generales (sótano del edificio del OIJ). | Nombre completo: MBA. Hellen Poveda Montoya Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4339 ext 01-4339 |
A: Incendio y Rayo B: Riesgos Varios C: Inundación, Deslizamiento y Vientos D: Convulsiones de la Naturaleza |
| 2 | Responsabilidad Civil Edificios | En términos generales, esta póliza indemniza los daños causados a personas ajenas a la Institución (lesión y/o muerte de terceros) y su propiedad, siempre y cuando el evento se origine dentro de las instalaciones propias y alquiladas del Poder Judicial. |
La Administración Regional a la que pertenezca el edificio que requiera aplicar la cobertura |
L: Responsabilidad Civil por lesión o muerte de terceras personas y daños a la propiedad de terceros, bajo la modalidad de límite único combinado y límite agregado anual. |
| 3 | Responsabilidad Civil de la Guardería Infantil | En términos generales, esta póliza indemniza los daños causados a personas ajenas a la Institución (lesión y/o muerte de terceros) y su propiedad, siempre y cuando el evento se origine dentro de las instalaciones propias de la Guardería Infantil del Poder Judicial. | Nombre Completo: Licda. Carolina Aguirre Quirós Correo Electrónico: Teléfono: 2295-3913 ext 01-3913 |
L: Responsabilidad Civil por lesión o muerte de terceras personas y daños a la propiedad de terceros, bajo la modalidad de límite único combinado y límite agregado anual. |
| 4 | Equipo Contratista | Esta póliza indemniza los vehículos especiales propios del Poder Judicial, por pérdidas derivadas de colisión, vuelco accidental, incendio casual y rayo, desmoronamiento, gradual, entre otros aspectos, así como ampara las sumas que el Poder Judicial se ve obligado legalmente a reconocer, por concepto de responsabilidad civil por lesión y/o muerte de terceras personas y daños ocasionados a su propiedad. | Nombre Completo: Lic. José Ruben Dimas Portillo Correo Electrónico: Teléfono: 2267-1505 ext 04-1505 Nombre Completo: Msc. Karla Rojas Valverde Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4057 ext 01-4057 Nombre Completo: Lic. Jorge William Calvo Madrigal Correo Electrónico: Teléfono: 2267-1688 ext 04-1687 |
A: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas C: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros E: Daño Directo |
| 5 | Responsabilidad Civil Vigilancia | En términos generales, esta póliza indemniza los daños causados a personas ajenas a la Institución (lesión y/o muerte de terceros) y su propiedad, que se generen del servicio de vigilancia brindado por servidores judiciales en todo el país, ya sean nombrados en propiedad o en forma interina, y en instalaciones propias o alquiladas del Poder Judicial. | Nombre Completo: Lic. Edward Rodríguez Murillo Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4956 ext 01-4956 |
L: Responsabilidad Civil: Responsabilidad Civil Extracontractual, por Lesión y Muerte de Terceras Personas y/o Daños a la Propiedad de Terceros. |
| 6 | Seguro Equipo Electrónico (Todo Riesgo) | Esta póliza cubre las computadoras portátiles (lap top) propias de la institución, por pérdida o daño directo que sufran dichos bienes, incluso como consecuencia de los derivados por la colisión y/o vuelco del vehículo en que se transporta. | Nombre completo: MBA. Hellen Poveda Montoya Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4339 ext 01-4339 |
E: Equipo Móvil y/o Portátil TR Esta cobertura comprende todos los riesgos de pérdida o daño amparables en la cobertura R denominada Daño Directo Equipo Electrónico, que sufran los bienes asegurados (equipo móvil y/o portátil), así como las pérdidas o daños que le ocurrirn a dichos bienes producto de la colisión y/o vuelco del automóvil en que estos se transportan. |
| 7 | Automóviles Coberturas A y C | Ampara todos los vehículos que son de uso de transportes administrativos del Poder Judicial, básicamente en dos coberturas: 1. Cobertura "A": cubre la Responsabilidad Civil Extracontractual por lesión y/o muerte de personas, que hubieren ocasionado en forma accidental las personas aseguradas con motivo de la propiedad, uso o mantenimiento del vehículo asegurado, al ser declaradas responsables civiles mediante sentencia en firme. 2. Cobertura "C": cubre la Responsabilidad Civil Extracontractual por daños y/o perjuicios a la propiedad de terceros que hubieren ocasionado en forma accidental las personas aseguradas con motivo de la propiedad, uso o mantenimiento del vehículo asegurado, al ser declaradas responsables civiles mediante sentencia en firme. |
Nombre Completo: MBA. Hellen Poveda Montoya Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4339 ext 01-4339 |
A: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas C: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros |
| 8 | Automóviles Administrativos, Coberturas Totales | Por política institucional, sólo a los vehículos de uso discrecional (señores Magistrados, Fiscal General, Director del O.I.J., etc.), y a las motocicletas, se les incluye en forma adicional las coberturas "D" (colisión y/o vuelco), "F" (robo y/o hurto), y "H" (riesgos adicionales). | Nombre Completo: MBA. Hellen Poveda Montoya Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4339 ext 01-4339 |
A: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas C: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros D: Colisión y/o Vuelco: F: Robo y/o Hurto: G: Multiasistencia de Automóviles: H: Riesgos adicionales: M: Multiasistencia Extendida |
| 9 | Automóviles | Ampara todos los vehículos que son de uso del Organismo de Investigación Judicial, básicamente en dos coberturas | Nombre Completo: MBA. Hellen Poveda Montoya Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4339 ext 01-4339 |
A: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas: C: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros: |
| 10 | Automóviles ICD | Ampara todos los vehículos que son de uso del Organismo de Investigación Judicial (ICD) | Nombre Completo: MBA. Hellen Poveda Montoya Correo Electrónico: Teléfono: 2295-4339 ext 01-4339 |
A: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Lesión o Muerte de Terceras Personas C: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la Propiedad de Terceros D: Colisión y/o Vuelco: F: Robo y/o Hurto: G: Multiasistencia de Automóviles: H: Riesgos adicionales: M: Multiasistencia Extendida |
| 11 | Automóviles Liq. Trayectos | En términos generales, esta póliza indemniza los daños causados a los vehículos caídos en comiso o la lesión y/o muerte que éstos puedan ocasionar a terceras personas, que deban ser trasladados desde cualquier punto del territorio nacional hasta que sea depositado en el establecimiento que el Poder Judicial designe para su custodia. | Nombre Completo: Licda. Carolina Castillo Obando Correo Electrónico: Teléfono: 2284-2350 |
A: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetica por lesion o muerte de terceras personas C: Responsabilidad Civil Extracontractual y Subjetiva por Daños a la propiedad de terceros |
| 12 | Incendio Comercial Bodega OIJ | Cubre contra todo riesgo los bienes que se encuentran custodiados en la bodega a cargo de la Administración del Organismo de Investigación Judicial. | Nombre Completo: Licda. Carolina Castillo Obando Correo Electrónico: Teléfono: 2284-2350 |
A: Incendio y rayo B: Riesgos Varios C: Inundación, Deslizamiento y Vientos D: Convulsiones de la Naturaleza |
| 13 | Robo Local Comercial e Industrial | Cubre los daños o pérdidas que sufran los bienes custodiados en la bodega a cargo de la Administración del Organismo de Investigación Judicial, ocasionados por robo o tentativa de robo. | Nombre Completo: Licda. Carolina Castillo Obando Correo Electrónico: Teléfono: 2284-2350 |
A: Robo y Tentativa de Robo |
| 14 | Aviación "Drones, operación diurna y nocturna" | Esta póliza cubre los dos drones que tiene a cargo la Sección de Imagen y Sonido Forense del O,I.J., por la responsabilidad civil que puedan ocasionar (por lesión o muerte de terceros y/o daños a la propiedad de ellos). | Nombre Completo: Licda. Carolina Castillo Obando Correo Electrónico: Teléfono: 2284-2350 |
A: Responsabilidad Civil por lesión o muerte de personas C: Responsabilidad Civil por daños a la propiedad de terceros E: Daño directo en Vuelo |
| 15 | Incendio Multiriesgo Adhesión | Esta póliza cubre los equipos fijos que se encuentran en las instalaciones del Departamento de Ciencias Forenses, por riesgos catastróficos y no catastróficos. OIJ Encargado de gestionar la póliza. | Nombre Completo: Licda. Ericka Cortes Hidalgo Correo Electrónico: Teléfono: 2267-1012 |
C: Todo Riesgo Inundación, deslizamiento y vientos: 5% sobre la pérdida con un mínimo de ¢1.000.000,00 por evento. D: Todo Riesgo Convulsiones de la naturaleza: 5% sobre la pérdida con un mínimo de ¢1.000.000,00 por evento T: Todo Riesgo No Catastróficos: ¢750.000,00 fijos por evento. |
| 16 | Riesgo Nombrado | Esta póliza indemniza los equipos del Departamento de Ciencias Forenses, tales como cámaras fotográficas, lentes, radios de comunicación, cámaras de video y computadoras portátiles | Nombre Completo: Licda. Ericka Cortes Hidalgo Correo Electrónico: Teléfono: 2267-1012 |
A: Incendio, impacto Rayo y Explosión B: Robo C: Motín, Huelga, Paro legal, Conmoción Civil D: Huracán, Ciclón, Inundación, Deslizamiento F: Temblor y Terremoto G: Daño Malicioso o Actos de Personas Mal intencionadas H: Daños por colisión y vuelco del medio que los transporta |
| 17 | Transporte Interior de Mercancías | Esta póliza cubre los bienes que trasladan de la oficina de Protección a la Víctima del punto 1 al punto 2. | Nombre Completo: Licda. Hellen Ballestero Muñoz Correo Electrónico: Teléfono: 2253-2935 ext 01-6978 |
H: Riesgos de Medio de Transporte I: Robo y asalto J: Maniobras de carga y Descarga K: Movimientos Bruscos L: Caída colisión o vuelco mercancías |
| 18 | Riesgo de Trabajo | Cubre a todos los servidores judiciales del país, ya sea que se encuentren nombrados en propiedad, en forma interna o meritoria, contra todos los posibles riesgos del trabajo a que se puedan ver expuestos, en el ejercicio de sus funciones. El artículo 195 del Título Cuarto del Código de Trabajo estipula que "constituyen riesgos del trabajo los accidentes y las enfermedades que ocurren a los trabajadores, con ocasión o por consecuencia del trabajo que desempeñen en forma subordinada y remunerada, así como la agravación o reagravación que resulte como consecuencia directa, inmediata e indudable de esos accidentes y enfermedades". El artículo 196 amplía que "se denomina accidente de trabajo a todo accidente que le suceda al trabajador como causa de la mano de obra que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del patrón o sus representantes, y que puede producirle la muerte o pérdida de reducción, temporal o permanente, de la capacidad para el trabajo". Asimismo, el numeral 197 aclara que "se denomina enfermedad del trabajo a todo estado patológico, que resulta de la acción continuada de una causa, que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora, y debe establecerse que éstas han sido la causa de la enfermedad". |
Nombre Completo: Ing. Freddy Briceño Elizondo Correo Electrónico: Teléfono: 2295-3281 ext 01-3281 |
Ampara los riesgos del trabajo derivados de accidentes y enfermedades laborales que sufren las personas trabajadoras con ocasión o como consecuencia directa del trabajo que desempeñan en forma subordinada y remunerada, incluyendo la agravación o reagravación que resulte de dichos eventos. La cobertura se otorga conforme a lo establecido en el Título IV del Código de Trabajo, su reglamento y la Norma Técnica del Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo. |
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