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Donaciones a Instituciones Públicas

La Ley de Donación de Bienes Caídos en Comiso N° 6106, faculta a la Proveeduría Judicial a realizar la donación de los bienes caídos en comiso a las instituciones del Estado o de beneficencia que los necesiten para la realización de sus labores.

Los documentos que las instituciones deben presentar para que puedan recibir donaciones son:

- Copia certificada de los Estatutos y fines de la entidad

- En caso de que considere de “Bienestar Social” por parte del IMAS, copia de la certificación o constancia que los certifique.

- En caso de haber sido declarados “De Interés Público” por parte del Poder Ejecutivo, copia del decreto.

- Copia de la cédula jurídica.

- Copia de la personería jurídica

- Certificación de inscripción a DINADECO

- Solicitud expresa de la donación con el uso que se le daría a los bienes donados

- Copia del nombramiento del director (a) (en caso de ser una institución educativa)

San José, Barrio
González Lahmann
Avenida 6,
Calle 15