Donaciones a Instituciones Públicas
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- Publicado: Lunes, 18 September 2017 17:57
La Ley de Donación de Bienes Caídos en Comiso N° 6106, faculta a la Proveeduría Judicial a realizar la donación de los bienes caídos en comiso a las instituciones del Estado o de beneficencia que los necesiten para la realización de sus labores.
Los documentos que las instituciones deben presentar para que puedan recibir donaciones son:
- Copia certificada de los Estatutos y fines de la entidad
- En caso de que considere de “Bienestar Social” por parte del IMAS, copia de la certificación o constancia que los certifique.
- En caso de haber sido declarados “De Interés Público” por parte del Poder Ejecutivo, copia del decreto.
- Copia de la cédula jurídica.
- Copia de la personería jurídica
- Certificación de inscripción a DINADECO
- Solicitud expresa de la donación con el uso que se le daría a los bienes donados
- Copia del nombramiento del director (a) (en caso de ser una institución educativa)